Lunes 25 de Agosto de 2025

Gremiales | 25 de agosto

La Corte Suprema revoca condena contra Galeno ART y sienta un precedente clave para el sistema laboral

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto una condena contra Galeno ART y fijó un criterio fundamental para el Sistema de Riesgos del Trabajo: no todo problema de salud que se manifieste en el ámbito laboral puede atribuirse automáticamente al accidente denunciado.

El caso se originó en 2014, cuando un trabajador denunció haber sufrido una hernia inguinal durante sus tareas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había condenado a Galeno ART a pagar más de $860.000 en concepto de incapacidad psicológica derivada de esa dolencia, basándose en la falta de exámenes preocupacionales y controles médicos previos por parte de la aseguradora.

Sin embargo, la ART apeló ante la Corte Suprema, presentando documentación médica y legal que demostraba que el cuadro psicológico del trabajador estaba directamente relacionado con una dolencia preexistente —hernias inguinales bilaterales propias de la edad— y no con el accidente denunciado. El máximo tribunal coincidió con este argumento y, en un fallo emitido en apenas un año, revocó la sentencia de la Cámara por considerarla arbitraria.

El fallo fue contundente: el esfuerzo laboral pudo evidenciar la hernia, pero no la generó ni la agravó, y el cuadro psicológico derivaba de una condición médica preexistente. Además, el tribunal aclaró que la falta de controles preocupacionales no basta, por sí sola, para responsabilizar a la ART cuando las pericias médicas confirman la inexistencia de relación causal.

Este pronunciamiento tiene un impacto significativo en todo el mercado asegurador, al delimitar con precisión la cobertura obligatoria por siniestros laborales frente a dolencias sin vínculo causal con el accidente denunciado.

 

Asimismo, el fallo reabre el debate sobre la necesidad de implementar cuerpos médicos forenses (CMF) en las jurisdicciones provinciales, tal como lo establece la Ley 27.348. Estos organismos permitirían unificar criterios en la evaluación de incapacidades, profesionalizar las pericias y reducir los tiempos de resolución, fortaleciendo un Sistema de Riesgos del Trabajo más ágil y eficiente para trabajadores y aseguradoras.

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