El cierre de la planta de Fate en San Fernando abrió no sólo un conflicto laboral de gran magnitud, sino también un debate jurídico en torno a qué normativa debe aplicarse para calcular las indemnizaciones, en un contexto atravesado por la inminente sanción de la Reforma Laboral.
El 18 de febrero, unos 920 trabajadores se encontraron con la fábrica cerrada y sin tareas. La decisión empresarial se conoció apenas un día antes de que la Cámara de Diputados avanzara con el tratamiento de la reforma, que ya contaba con media sanción del Senado y que introduce modificaciones en los rubros indemnizatorios.
Ante el impacto social y sindical, el Ministerio de Capital Humano dictó la conciliación obligatoria por 15 días, con el objetivo de retrotraer la situación y abrir una instancia de negociación. La primera audiencia se realizó sin avances sustanciales y las partes volverán a reunirse en los próximos días.
¿Qué ley corresponde aplicar?
La gran incógnita gira en torno a cuál será el marco legal para determinar las indemnizaciones si la planta no reabre y los despidos quedan firmes: ¿la normativa actual o la nueva ley laboral en caso de que sea promulgada durante el proceso conciliatorio?
El abogado laboralista Matías Cremonte, integrante de la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas, sostuvo que el criterio jurídico es claro. Según explicó, las indemnizaciones deben calcularse conforme a la legislación vigente al momento en que se notificaron los despidos.
“Los despidos se produjeron el 18 de febrero. La conciliación obligatoria suspende sus efectos mientras dura la instancia de negociación, pero si no hay acuerdo, recuperan vigencia desde la fecha original de notificación. Por lo tanto, corresponde aplicar la ley vigente en ese momento”, precisó.
En otras palabras, aun cuando la Reforma Laboral sea sancionada y promulgada durante el período de conciliación, no debería aplicarse retroactivamente a un acto jurídico ya consumado.
El contexto empresario
El propietario de Fate, Javier Madanes Quintanilla, aseguró públicamente que la compañía cuenta con los fondos necesarios para afrontar las indemnizaciones. Incluso trascendió que la empresa habría realizado operaciones internas con Aluar —también perteneciente al grupo empresario— para garantizar liquidez ante el cierre.
Sin embargo, la situación sigue atada al resultado de la conciliación obligatoria y al avance parlamentario de la reforma. El caso se convirtió en uno de los primeros conflictos testigo en los que se pone en discusión el impacto concreto de los cambios normativos sobre derechos adquiridos y litigios en curso.
Mientras tanto, los trabajadores permanecen en estado de incertidumbre, a la espera de una definición que no sólo determinará el futuro de la planta, sino también el marco legal bajo el cual se resolverá uno de los conflictos laborales más resonantes del año.