Gremiales | 25 de agosto
SUTIAGA: los audios que profundizan la interna y ponen bajo la lupa la expulsión de Camacho
La interna de SUTIAGA La Plata continúa escalando y ya excedió ampliamente los límites de una disputa entre dirigentes. A las denuncias formuladas por Miguel Ángel Camacho , secretario Gremial de la organización, se incorporaron nuevos audios y cuestionamientos vinculados con la asamblea en la que se pretendía avanzar con su expulsión.
El conflicto combina acusaciones cruzadas, cuestionamientos al funcionamiento institucional del sindicato y una discusión que puede resultar todavía más delicada: qué participación tuvo la organización gremial en el despido de tres trabajadores de Conurbano Distribución SA
La autenticidad, integridad y contexto de las grabaciones deberán ser determinados mediante las pericias correspondientes. Por sí solos, los audios no permiten tener por acreditadas las acusaciones que aparecen en las conversaciones.
Sin embargo, su contenido vuelve a poner bajo la lupa una interna que ya derivó en presentaciones administrativas y judiciales.
El origen del conflicto: tres trabajadores despedidos
Uno de los principales puntos de tensión está relacionado con los despidos de Lautaro Agustín Díaz, Sergio Daniel Rodríguez y Javier Alejandro Crespo , empleados de Conurbano Distribución SA
De acuerdo con el planteo realizado por Camacho , su intervención para reclamar por la situación de los trabajadores despedidos habría desencadenado el enfrentamiento con la conducción de SUTIAGA.
El dirigente sostiene que, después de asumir esa posición, comenzó una serie de medidas destinadas a apartarlo de sus funciones y restringir su participación dentro de la estructura sindical.
La conducción encabezada por Carlos “Cali” Roagna y Estela Suárez , por su parte, deberá explicar en las instancias correspondientes las razones de las adoptadas y aportar los elementos que permitan establecer su legalidad.
Un audio que abre un interrogante de gravedad.
Uno de los fragmentos que comenzó a circular contiene una afirmación particularmente delicada.
En la conversación, uno de los interlocutores sostiene que:
“A la empresa la obligaron a que eche a tres pibes”.
Ante la consulta sobre quién habría ejercido esa presión, aparece la respuesta:
“SUTIAGA lo obligó”.
La acusación es grave, pero no puede considerarse probada por la sola existencia de una grabación.
Para determinar si efectivamente existió una intervención sindical para promover los despidos será necesario establecer quiénes participaron de la conversación, cuándo fue realizada, cuál era el contexto y si existen otros elementos que permitan corroborar o descartar lo expresado.
De comprobarse, el episodio podría adquirir una dimensión muy diferente a la de una simple interna gremial.
La asamblea y las dudas sobre la expulsión
Otro de los ejes de la disputa está relacionado con la asamblea convocada para analizar la expulsión de Camacho.
En uno de los audios aparece una referencia directa al encuentro:
“Ayer éramos 800 en la asamblea. ¿Te parece que puede haber 800 personas equivocadas y cuatro que están acertados? Eso está todo arreglado”.
La frase deberá ser analizada en su contexto y no constituye por sí misma una prueba de irregularidades en la asamblea.
Pero adquiere relevancia porque Camacho cuestionó precisamente las condiciones en las que se desarrolló el proceso y reclamó garantías para poder ejercer su defensa.
Uno de los puntos más sensibles es la existencia de una restricción que, según surge de las conversaciones, podía impedirle acercarse físicamente al lugar donde se desarrollaba la reunión.
La discusión es concreta: si la asamblea tenía como finalidad resolver una eventual expulsión, ¿de qué manera podía garantizarse el derecho de defensa del dirigente si al mismo tiempo existía una restricción que le impedía presentarse?
“Si le van a pedir la cabeza...”
Los audios también contienen expresiones que reflejan el nivel de tensión política dentro de la organización.
En otro fragmento aparece la frase:
“Si le van a pedir la cabeza, yo no voy a poder hacer nada”.
Más adelante, otro de los interlocutores afirma:
“Yo te digo que échenlo”.
El material no permite, por sí mismo, establecer quiénes participaron de una eventual decisión ni demostrar que existiera una resolución previa para expulsar a Camacho.
Pero sí expone la existencia de posiciones enfrentadas alrededor del dirigente y de una discusión que atravesó distintos sectores vinculados con el sindicato.
Una pelea por el concepto de “lealtad”
Otro aspecto que aparece en las conversaciones es el debate sobre qué significa la lealtad dentro de una organización sindical.
Algunos de los interlocutores cuestionan el respaldo de Camacho a determinados trabajadores y relacionan esa posición con sus vínculos personales o sindicales.
La otra mirada sostiene que un dirigente gremial debe defender a los trabajadores independientemente de sus relaciones internas o de la empresa en la que se desempeñen.
La discusión toca así una cuestión de fondo para cualquier sindicato: si la representación gremial debe quedar subordinada a las disputas internas o si la defensa de los trabajadores debe mantenerse incluso cuando genera conflictos con la conducción.
En otro tramo de las grabaciones aparece una definición tajante:
“Siempre estoy del lado de los compañeros, nunca de los patrones”.
El problema vuelve entonces al punto de partida: los tres trabajadores despedidos de Conurbano Distribución.
Qué deberá determinar la autoridad laboral
El conflicto ya fue llevado ante organismos externos a SUTIAGA.
Entre los planteos realizados por Camacho aparecen cuestionamientos a la asamblea, pedidos para preservar documentación y la solicitud de un veedor oficial que pueda controlar el desarrollo de los procedimientos internos.
También se reclamó verificar cuestiones como el padrón de afiliados, la identidad de quienes participaron, el quórum, el mecanismo de votación y las condiciones en las que debía garantizarse el derecho de defensa.
En paralelo, el episodio de los despidos plantea otro interrogante que requiere documentación concreta:
¿hubo una intervención de SUTIAGA para que Conurbano Distribución despidiera a los tres trabajadores?
Para responder esa pregunta deberán analizarse actas, comunicaciones entre la empresa y el sindicato, registros de reuniones, testimonios de los trabajadores involucrados y cualquier otra documentación vinculada con el conflicto.
La discusión sobre los 45 días
Otro de los cuestionamientos formulados por Camacho se relaciona con un acta de Comisión Directiva fechada el 12 de junio de 2026.
Según su planteo, la conducción habría dispuesto una separación provisoria durante 45 días, pero posteriormente ese plazo habría sido interpretado como 45 días hábiles.
La diferencia no sería menor porque podría modificar la fecha en la que la medida dejó de tener vigencia.
También existen cuestionamientos sobre los plazos de notificación de la asamblea convocada para discutir su expulsión.
La resolución de estos puntos dependerá de lo que establezcan el estatuto de SUTIAGA, las actas originales y las constancias de notificación.
Las imágenes con acusaciones contra Camacho
La interna sumó además publicaciones y fotografías de Camacho acompañadas por expresiones como “TRAIDOR” y “LO ESPERAN”.
El dirigente denunció que ese material tuvo un carácter intimidatorio.
Nuevamente, será necesario determinar quién produjo las imágenes, quién las difundió, cuándo fueron publicadas y cuál fue su contexto para establecer si efectivamente existió una conducta amenazante.
La incorporación de este material al expediente agrega otra dimensión al conflicto y refuerza el reclamo de que la disputa sea analizada con elementos objetivos.
La conducción también deberá dar explicaciones.
El conflicto no puede ser analizado únicamente desde la versión de Camacho .
La conducción de SUTIAGA La Plata tiene derecho a explicar las razones por las cuales decidieron avanzar contra el dirigente, defender la validez de las decisiones adoptadas y presentar la documentación que considere necesaria para acreditar que actuó de acuerdo con el estatuto y la legislación vigente.
Del mismo modo, las acusaciones de persecución, irregularidades, amenazas o violaciones de las normas internas deberán ser acreditadas.
La existencia de denuncias o audios no equivale automáticamente a una responsabilidad jurídica.
¿Intervención o fiscalización?
En medio de la creciente tensión también comenzó a instalarse la posibilidad de una eventual intervención.
Sin embargo, SUTIAGA no está intervenida por el solo hecho de que existen denuncias, impugnaciones o actuaciones administrativas y judiciales .
La autonomía de las organizaciones sindicales constituye un principio central de la legislación argentina y cualquier medida extraordinaria requiere fundamentos concretos y el cumplimiento de los procedimientos correspondientes.
Por eso, antes de hablar de una intervención, deberán determinarse cuestiones específicas: la validez de la asamblea, el respeto del estatuto, las garantías de defensa, la autenticidad de la documentación, las denuncias de intimidación y, especialmente, si existió o no participación sindical en los despidos de Conurbano Distribución.
Una interna que ya no puede resolverse puertas adentro
La disputa de SUTIAGA La Plata atraviesa ahora una etapa diferente.
Lo que comenzó como un enfrentamiento alrededor de tres despidos terminó derivando en una pelea por el funcionamiento interno del sindicato, la permanencia de un dirigente, la validez de una asamblea y el rol de la conducción frente a los trabajadores.
Los nuevos audios agregan tensión, pero también obligan a separar cuidadosamente lo que se afirma de lo que puede demostrarse .
Si hubo una maniobra para desplazar a Camacho , deberá acreditarse.
Si existieron amenazas, deberán identificarse sus responsables.
Si la asamblea era regular, la conducción deberá poder demostrarlo.
Y si efectivamente existió una presión sindical para provocar los despidos de los tres trabajadores, será necesario establecer quién el ejército y con qué objetivo.
En definitiva, la pelea ya no pasa solamente por quién tiene razón dentro de SUTIAGA.
Ahora serán los documentos, los testimonios, las pericias y las actuaciones ante Trabajo y la Justicia los que deberán determinar hasta dónde llegaron las responsabilidades de cada sector.