Gremiales | 31 de marzo
ATE celebró el freno judicial a la reforma laboral y llamó a “impedir su aplicación” en los lugares de trabajo
La Asociación Trabajadores del Estado celebró el fallo que suspendió artículos clave de la reforma laboral y endureció su postura frente al Gobierno, al considerar la decisión judicial como “un golpe” tanto al oficialismo como a quienes impulsaron la norma en el Congreso.
El pronunciamiento fue realizado por el secretario general del gremio, Rodolfo Aguiar, luego de que el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 dictara una medida cautelar que dejó en suspenso más de 80 artículos de la Ley 27.802.
Un fallo con impacto político y sindical
Para Aguiar, la resolución judicial representa un avance significativo en la disputa contra la reforma. “Se trata de un golpe al Gobierno y a quienes votaron a favor en el Congreso”, sostuvo, aunque aclaró que se trata de una instancia provisoria.
El dirigente remarcó que las cautelares marcan un freno a lo que definió como un intento de “aniquilar derechos individuales y colectivos”, y cuestionó con dureza a legisladores que respaldaron la iniciativa.
Llamado a la resistencia en los lugares de trabajo
Más allá del plano judicial, ATE convocó a profundizar la resistencia en los ámbitos laborales. Aguiar planteó la necesidad de impedir la aplicación efectiva de la norma mientras se resuelve su constitucionalidad.
“Somos los trabajadores quienes la tenemos que derogar de hecho, mostrando su ineficacia en cada sector”, afirmó, y llamó a no cumplir con los artículos cuestionados hasta su eventual derogación definitiva.
Qué artículos fueron suspendidos
La medida cautelar, firmada por el juez Raúl Ojeda, alcanzó puntos centrales de la reforma. Entre ellos:
- El Título II completo (artículos 58 al 77), que creaba el Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
- El artículo 101, que imponía restricciones al derecho de huelga mediante la exigencia de servicios mínimos.
- El artículo 79, que trasladaba litigios laborales al fuero contencioso administrativo.
- El artículo 199, que derogaba la ley de teletrabajo.
- Los artículos 207 y 208, vinculados a controles antifraude y regulación de la jornada laboral.
- El artículo 211, que modificaba la extensión territorial de los convenios colectivos.
- Los artículos 131 a 149, que alteraban aspectos estructurales de la negociación colectiva, como la ultraactividad de los convenios, aportes sindicales y composición de las comisiones paritarias.
Un conflicto abierto
El fallo se mantendrá vigente hasta que haya una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la ley. En ese marco, el sindicato anticipó que continuará con medidas de presión y organización en los lugares de trabajo.
“El Gobierno atraviesa uno de sus momentos más complejos. No hay que darle tregua”, concluyó Aguiar, dejando en claro que la disputa por la reforma laboral seguirá tanto en la Justicia como en el terreno sindical.
