Gremiales | 21 de mayo
Polémica judicial: la Cámara del Trabajo aplicó de oficio la Reforma Laboral y redujo en más de $27 millones la indemnización de un trabajador
Una decisión de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encendió fuertes cuestionamientos en el ámbito jurídico laboral luego de que se modificara de oficio una sentencia favorable a un trabajador y se redujera significativamente el monto indemnizatorio fijado en primera instancia.
El fallo recortó la condena de $81,5 millones a $54,6 millones mediante la aplicación del artículo 55 de la Ley 27.802 de Reforma Laboral, pese a que la empresa demandada no había cuestionado en su apelación el mecanismo de actualización ni los intereses establecidos originalmente.
El caso tuvo origen en una demanda laboral contra la firma Salvadores SRL, donde el trabajador había obtenido una sentencia favorable que reconocía la relación laboral y ordenaba el pago de las indemnizaciones correspondientes.
En primera instancia, el juzgado había dispuesto que los créditos laborales se actualizaran mediante la tasa pasiva del Banco Central más un adicional del 3% anual, un criterio utilizado en distintos precedentes laborales recientes.
La empleadora apeló el fallo, aunque sin cuestionar específicamente el esquema de actualización monetaria ni los intereses fijados por el juez de grado. Sin embargo, al momento de resolver el expediente, la Sala II introdujo de oficio la aplicación del nuevo artículo 55 de la Ley 27.802, normativa que entró en vigencia en marzo de 2026 y que establece límites para la actualización de créditos laborales.
La resolución fue impulsada por el juez Alejandro Sudera, quien sostuvo que correspondía adecuar el cálculo indemnizatorio al nuevo régimen legal vigente al momento de dictarse el fallo de Cámara.
Con esa interpretación, el tribunal recalculó el monto y estableció como valor definitivo la suma de $54.646.664,60, aplicando el inciso c) del artículo 55 de la reforma laboral.
La decisión generó controversia entre especialistas en derecho del trabajo, ya que distintos sectores advierten que el fallo podría vulnerar principios procesales básicos, entre ellos la cosa juzgada parcial y el principio de congruencia, al modificar aspectos no apelados por la demandada.
Además, la aplicación retroactiva de la nueva legislación sobre expedientes en trámite abrió un nuevo foco de discusión respecto de la constitucionalidad y el alcance temporal de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei.
El caso comenzó a circular con fuerza en ámbitos sindicales y jurídicos luego de que fuera difundido en redes sociales por el usuario @AlteCampbell, donde abogados laboralistas advirtieron sobre el impacto que este tipo de criterios podría tener en futuros litigios laborales.
