Viernes 17 de Abril de 2026

Gremiales | 17 de abril

Explotación rural en El Bolsón: la Justicia reconoció despidos indirectos y ordenó indemnizar a trabajadores

La Justicia laboral de El Bolsón falló a favor de dos peones rurales que denunciaron haber trabajado en condiciones de informalidad, con jornadas extenuantes y sin derechos básicos. El tribunal reconoció la existencia de “despido indirecto” y ordenó al empleador abonar indemnizaciones y sanciones por empleo no registrado.

Los trabajadores habían llegado desde otra provincia atraídos por la promesa de un empleo estable, vivienda y condiciones dignas. Sin embargo, según quedó acreditado en el expediente, la realidad fue muy distinta: cumplían jornadas de hasta 12 horas diarias —de 8 a 20—, trabajaban incluso los fines de semana y no contaban con descansos compensatorios ni registración formal.

Las tareas se desarrollaban en una chacra ubicada en la zona de Mallín Ahogado Alto, en Costa del Río Azul, donde realizaban labores generales de producción agrícola como cosecha, poda, desmalezamiento, mantenimiento y embalaje.

El fallo también dio por probadas las deficientes condiciones de alojamiento dentro del predio, así como situaciones de maltrato denunciadas por los trabajadores. Ante este escenario, intimaron al empleador a regularizar la relación laboral, abonar diferencias salariales y cumplir con las obligaciones legales vigentes.

Frente a la falta de respuesta, los peones decidieron considerarse despedidos por responsabilidad del empleador y avanzaron con una demanda judicial. El proceso se resolvió sin la participación de la parte demandada, que no se presentó ni contestó la acción, lo que permitió al juzgado tener por acreditados los hechos denunciados.

La sentencia de primera instancia reconoció indemnizaciones por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones proporcionales y aguinaldo, además de multas por la falta de registración laboral. Asimismo, ordenó la entrega de la documentación correspondiente bajo apercibimiento de sanciones adicionales.

El monto total a percibir será determinado en una etapa posterior de liquidación, donde se calcularán los distintos conceptos junto con sus intereses. El fallo, no obstante, aún no se encuentra firme y puede ser apelado.

 
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