
Gremiales | 04 de mayo
Convenio 173 de la OIT: la Corte lo desconoció y reflotan las actas que revelan el voto en contra de Murat Eurnekian y la abstención sindical

Las actas oficiales de la Conferencia Internacional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1992 revelan datos clave sobre el proceso que llevó a la aprobación del Convenio 173 —el tratado que garantiza la prioridad de cobro de las indemnizaciones laborales ante una quiebra empresarial— y que esta semana fue desconocido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El empresario Murat Eurnekian, hermano de Eduardo (ex empleador del presidente Javier Milei) y por entonces representante argentino ante la OIT por el sector empleador, votó en contra del convenio junto con otros 64 delegados empresariales. Su lugar hoy lo ocupa Daniel Funes de Rioja, actual presidente de la UIA.
Por el lado del gobierno, los votos fueron positivos. Participaron el entonces secretario de Trabajo Enrique Rodríguez, el embajador ante Ginebra Juan Archibaldo Lanús y el ministro de Trabajo Rodolfo Díaz, todos funcionarios del gobierno de Carlos Menem, al que Milei suele reivindicar como modelo de gestión.
Silencio sindical y una abstención llamativa
En cambio, la delegación sindical no emitió voto. Un dato que sorprende, considerando que el convenio establece derechos prioritarios para los trabajadores. En aquella delegación gremial estaban figuras de peso como Oscar Lescano (Luz y Fuerza), Saúl Ubaldini (Consejero Técnico), Ramón Baldassini (Correos y Telecomunicaciones) y Gerardo Martínez, hoy secretario de Relaciones Internacionales de la CGT.
¿Por qué el sindicalismo no apoyó un acuerdo que prioriza a los trabajadores en caso de quiebra? La clave está en el artículo 3 del convenio, que contempla la creación de un fondo de cese laboral —similar al que administra la UOCRA— para cubrir indemnizaciones en situaciones donde los activos de la empresa quebrada no alcancen. Ese fondo debía nutrirse con aportes patronales, lo que generó un fuerte rechazo del sector empresario. La omisión sindical podría interpretarse como parte de una negociación no explicitada o una estrategia para evitar romper el delicado equilibrio tripartito en medio de una economía en crisis.
Lo curioso es que, apenas un año después, el Congreso Nacional convirtió el Convenio 173 en ley mediante la sanción de la Ley 24.285. El sindicalismo, que no lo votó en Suiza, no solo no se opuso a su aprobación, sino que acompañó activamente el proceso legislativo.
La Corte desconoce lo ya sancionado
Más de tres décadas después, la Corte Suprema decidió desconocer la validez del convenio con el argumento de que faltó una formalidad administrativa: su registro ante la OIT. La decisión representa un retroceso en la institucionalización de derechos laborales reconocidos a nivel internacional.
La paradoja es profunda: lo que en los '90 fue impulsado incluso por un gobierno liberal como el de Menem, hoy es revertido por un Poder Judicial que, con una lectura estrictamente formal, desanda una normativa vigente y refrendada por el Congreso y el Ejecutivo.
“La historia no suele repetirse, pero cuando lo hace, a veces adopta el tono exacto de una derrota evitable”, concluye el informe.
